
El gobierno nacional publicó el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 488/20 mediante el cual reestablece un precio sostén (barril criollo) para el petróleo dentro del país de 45 dólares por unidad, 10 más que la cotización internacional de referencia (Brent).
El texto resalta que “esta situación coyuntural de emergencia obliga a tomar medidas conducentes para preservar los niveles de actividad y de producción de la industria hidrocarburífera en sus distintas etapas, con el propósito de mantener las pautas de inversión tendientes al logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, asegurar las fuentes de trabajo del sector y cumplir cabalmente los principios y fines de la soberanía hidrocarburífera de la república”.
El precio de referencia interno se sostendrá hasta el 31 de diciembre o mientras el crudo a nivel externo no supere ese valor por más de diez días consecutivos.
También fija que los impuestos a los combustibles no se aplicarán hasta el 31 de octubre, lo que permite imaginar que sigan congelados hasta esa fecha.
La discusión más profunda está en torno al artículo 2 del decreto, que, si bien reconoce el golpe de la crisis sanitaria, marca que las empresas deberán mantener sus niveles de actividad y producción, que en abril cayó más de un 24% en Neuquén.
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